Arrendamientos: Gastos e Impuestos
En este Post te detallamos los #Gastos e #Impuestos presentes en los #Arrendamientos
Inquilino
- Alquiler
- Comisión Inmobiliaria: el equivalente a 1 mes de alquiler + IVA
- Gastos Comunes
Si el rubro de Gastos Comunes incluye un Fondo de Reserva, o si este esta por separado, o si hay Sobrecuotas por Arreglos, siempre son a cargo exclusivo del propietario, sin admisión de pacto en contrario. Si el inquilino paga estos conceptos, a sabiendas o no, puede reclamar la devolución en pesos actualizados. - Tributo Domiciliario
También llamado Impuesto de Puerta o Tasa General Municipal. Se paga bimensualmente. En el interior generalmente viene incluido en la Contribución Inmobiliaria. Incluye servicio de recolección de residuos, limpieza de calles, alumbrado publico, etc. Si el inmueble no está habitado, lo paga el propietario. - Tarifa de Saneamiento
Se paga bimensualmente. Generalmente incluido en Gastos Comunes. Para alquileres en Montevideo es recaudado por IMM. En el interior viene incluido en la factura de OSE. - Consumos
OSE, UTE, ANTEL, Etc… Los consumos son personales, si la persona no lo paga, el organismo le corta el servicio. En caso de que se vaya el inquilino y haya quedado deuda de algún consumo, el propietario debe acreditar mediante declaración jurada que no tiene vinculación personal con el inquilino, exhibiendo el contrato de alquiler, para trasladar la deuda a esa persona y dejar el inmueble libre de deudas.
Propietario
- Comisión Inmobiliaria: el equivalente a 1 mes de alquiler + IVA
- Comisión por administración: 6-7% mensual aprox.
- IRPF o IRNR: 10,5% mensual (Recaudado por DGI para rentas generales)
- Contribución Inmobiliaria
Tributo recaudado por las intendencias. Se paga anualmente o en cuotas. En Montevideo se puede pagar hasta en 3 cuotas, en Canelones y Maldonado se puede pagar en 6 cuotas. No se puede pactar en el contrato de alquiler que el inquilino se haga cargo de la contribución. - Impuesto de Enseñanza Primaria
Tributo recaudado por DGI para Primaria. Lo paga exclusivamente el propietario, o promitente comprado o nudo propietario. En ningún caso lo paga el inquilino. Se puede pagar anualmente o en 3 cuotas. - Fondo de Reserva o Sobrecuotas por Arreglos